Código Ético del PTN

PREÁMBULO

Por “terapias naturales” entendemos aquellas prácticas relacionadas con la salud y la sanación que no forman parte de la biomedicina, también denominada como medicina alopática o medicina convencional occidental. La biomedicina representa un conocimiento objetivo y universal que posee un inmenso valor en la curación de las enfermedades físicas, pero también tiene sus limitaciones, al igual que las tienen las Terapias Naturales, no habiendo ningún sistema médico que sea capaz de diagnosticar y curar todo tipo de sufrimientos.

Consideramos que el sufrimiento del ser humano excede el ámbito de la enfermedad física, y su total bienestar solo se puede lograr desde una perspectiva holística, es decir, teniendo en cuenta lo mental y psicológico, lo emocional y también lo espiritual. Las Terapias Naturales trabajan con el cuerpo material, pero también con el inmaterial o energético.

El Partido de las Terapias Naturales es, por tanto, un partido de ciudadanos/as que defiende un sistema médico de salud y sanación plural, que incluya las terapias naturales, sus prácticas, sus practicantes y sus productos. La salud y la sanación incluyen igualmente a todos los seres vivos y al planeta Tierra, en el que todos vivimos y nos da la vida.

Consideramos que, dado que el ámbito de las Terapias Naturales es de una inmensa amplitud y diversidad, que abarca desde el empleo de técnicas orientadas al cuerpo físico a técnicas energéticas y espirituales, se hace imprescindible el necesario respeto mutuo que debe haber entre todo tipo de enfoques, el sanitario y el no sanitario. Entre ambos enfoques, y entre todo tipo de practicantes de Terapias Naturales, debe haber un diálogo de saberes, que es un objetivo que el PTN trata de fomentar de manera permanente.

Este respeto mutuo entre enfoques terapéuticos no debe basarse en la eficacia terapéutica que pueda exhibir cada una de las terapias naturales — noción esta de “eficacia” que no pueda ser aplicada de manera indiscriminada a todo tipo de terapia—, sino en la voluntad de servicio que compartimos hacia las personas que se acercan al ámbito de las TN, tanto para restablecer y mantener su salud, como para buscar la sanación y el bienestar.

Consideramos que toda actividad relacionada con estas Terapias debe estar guiada por un marco de buenas prácticas, que evite situaciones de abuso hacia personas vulnerables, ya sean clientes o pacientes; el respeto a todas las formas de vida, y la sostenibilidad y el cuidado del medio ambiente.

Tradicionalmente quienes desarrollan una actividad en el ámbito de la salud y la sanación se han dotado de Códigos Éticos y Deontológicos elaborados por sus colegios o asociaciones profesionales. Para todas aquellas personas relacionadas con las TN que no estén vinculadas a ningún colegio o asociación profesional, y no dispongan, por tanto, de un Código Ético propio, especificamos unos principios mínimos que deben seguirse y que son de obligado cumplimiento para todos los afiliados/as al PTN.

Artículo 1. Legislación vigente

El PTN se constituye para crear un marco jurídico que respete y garantice el ejercicio de las Terapias Naturales bajo regulaciones y autorregulaciones específicas.

Hasta que esto suceda, se deben respetar las normas en vigor y atenerse a las limitaciones legales que afectan a las Terapias Naturales. Particularmente debe evitarse el uso de terminología y de publicidad que se utiliza en el ámbito de la sanidad, evitando cualquier clase de confusión entre nuestros pacientes y clientes.

Artículo 2. Formación y práctica de las terapias naturales

Toda persona que trabaja con TN debe contar con autorización para practicarla. Esta autorización se deriva de haber seguido un proceso de formación determinado: puede estar regulado legalmente o no; puede ser formal, siguiendo un programa formativo, o informal, basado en una relación maestr@/discípul@ con un fuerte componente experiencial; o incluso puede proceder de un proceso de autoformación en la que la autorización procede del ámbito espiritual. En cualquier caso, la autorización debe ser congruente con el tipo de TN que se practica y contar con un respaldo consuetudinario. La naturaleza de esta autorización debe ser de conocimiento del paciente/cliente, particularmente aquella procedente de un proceso de autoformación.

En todos los ámbitos de la vida existen charlatanes/as y embaucadores/as que se hacen pasar por lo que no son, y esto también sucede en las Terapias Naturales. No hay que juzgar a la herramienta por el uso que se hace de ella, sino el conocimiento y la intención de quien la maneja. Dada la diversidad de caminos que se pueden seguir para obtener la necesaria autorización para practicar una determinada TN, se debe ser especialmente riguroso a la hora de acreditar el proceso de formación seguido. Especialmente cuando se manifiesta poseer conocimiento en las numerosas medicinas tradicionales existentes. Es por ello que, si una determinada TN no es susceptible de ser regulada legalmente, en la autorregulación se debe ser especialmente exigente a la hora de crear mecanismos que permitan examinar las competencias de quienes practican dicha TN.

El trabajo de los/as terapeutas no debe ir más allá de su capacidad y entrenamiento, deben ser conscientes de los límites de su saber y conocimientos y que nadie puede con todo. Por lo general, la autorización para trabajar en TN no implica el fin del proceso de formación, sino que este es un proceso que dura toda la vida y que la condición de aprendiz nunca se pierde. Es por ello que la humildad es un signo característico de todo/a terapeuta competente. Una vez obtenida la autorización para trabajar, el reconocimiento solo puede proceder de la comunidad para la que se trabaja.

Como se señala en el preámbulo de este Código Ético, todo sistema médico, incluido el biomédico, tiene sus limitaciones. Desde las TN defendemos las medidas equilibradas en toda actividad terapéutica, evitando el daño no solo por defecto sino por exceso. Consideramos que tan importante es saber qué hay que hacer, como saber qué no hay que hacer, y tan perjudicial es la falta de tratamiento como el sobretratamiento, que “más no es sinónimo de mejor”, y que tanto profesionales como pacientes/clientes deben abogar por un “consumo responsable” en todo tipo de tratamientos.

Para la mayor parte de las TN la noción de energía es central en su práctica, así como la consideración del origen o la influencia espiritual en las enfermedades. Muchos consideran que la dificultad mayor de este tipo de trabajos consiste en trabajar, precisamente, con cosas que son invisibles. Sin embargo, todas las tradiciones terapéuticas, incluida la biomedicina, reconocen que el problema principal no es un problema de conocimiento en el manejo de una determinada técnica, sino en trabajar siempre para el bien y con el bien, en beneficio de nuestros pacientes y clientes, en las prácticas tanto con los aspectos visibles como invisibles. Las TN deben trabajar siempre al servicio de los demás y nunca usar sus conocimientos para causar mal a nadie.

Además de la humildad, otra característica del verdadero/a terapeuta es la congruencia entre el ámbito público y privado de su vida.

En relación a los pacientes y clientes se debe ser particularmente escrupuloso en los siguientes asuntos:

  • respetar la integridad sexual, física y emocional de los pacientes y clientes.
  • tratar toda la información personal de los clientes/pacientes de forma confidencial.
  • no realizar ningún acto de manipulación, o ejercer cualquier tipo de influencia, para obtener beneficios no legítimos de cualquier tipo, de nuestros pacientes y clientes.
  • no iniciar, o dar por terminada, una relación terapéutica cuando esta no sea de beneficio para el paciente y cliente, o pueda interferir negativamente con otro tipo de tratamientos, particularmente los biomédicos y farmacológicos.
  • no dar información errónea ni crear falsas expectativas acerca de los resultados de una terapia.
  • si un afiliado/a fuera conocer de cualquier mala práctica en el ámbito de las TN, que pusiera en riesgo la integridad física, mental o emocional de un paciente o cliente, está obligado/a a denunciarlo ante la asociación profesional competente.

Artículo 3. Precio

Quienes se dedican a la práctica de las TN tienen derecho a una remuneración digna, pero no abusiva, por su trabajo, en función del servicio prestado, la duración y las exigencias de la formación seguida y su propia experiencia y competencia.

El espíritu de servicio que debe dominar la práctica de las TN hace que también se deba tener en cuenta la situación económica del paciente/cliente.

Artículo 4. Salud

Ninguna técnica o sustancia debe presentarse como panacea de nada.

Reconocemos que existen factores económicos, políticos y socioculturales que enferman a las personas y que impiden que puedan restablecer su salud. Al mismo tiempo, reconocemos que, en última instancia, la persona es la responsable de su propia salud y de su capacidad para sanarse. Para ello es fundamental mantener buenos hábitos físicos, mentales y emocionales, particularmente observar una alimentación adecuada, mantener una actividad física de manera regular y practicar la calma mental. En definitiva, es la propia persona la que tiene la capacidad de cambiar aquellas pautas de vida que la enferman.

Artículo 5. Medio ambiente

La práctica en España de medicinas tradicionales como, por ejemplo, las indígenas ligadas a entornos naturales específicos, no deben perjudicar el hábitat natural de su origen ni suponer una amenaza para las comunidades locales.

Toda la actividad vinculada con las Terapias Naturales, particularmente el ámbito empresarial e industrial de producción de productos, comercialización, etc., debe mostrar una atención especial a que sus actividades sean respetuosas y sostenibles con el medio ambiente, y buscar unos ingresos dignos, pero no abusivos.

Artículo 6. Publicidad

Cualquier acción publicitaria se ajustará a las condiciones de rigor profesional, honestidad y discreción que el ejercicio exige, así como a las normas legales vigentes.

La publicidad ha de ser objetiva y veraz, de modo que no levante falsas esperanzas o propague conceptos infundados.

En cualquier caso, la mejor publicidad, y la más recomendable, es el buen resultado que obtienen los pacientes y clientes que acuden a las Terapias Naturales. Y son esas personas, que han experimentado personalmente los beneficios de las TN, quienes mejor pueden recomendar su uso.

Artículo 7. Ámbito de aplicación

Este Código Ético es de aplicación a todos los afiliados/as del PTN así como a todas las organizaciones que colaboren con el PTN. Particularmente, aconsejamos su uso a aquellas personas que practican las TN y no poseen un Código Ético propio.

Las buenas prácticas en el ámbito de las TN son esenciales para legitimar su uso en nuestra sociedad. Por ello, todo afiliado/a al Partido se compromete a poner en conocimiento de las asociaciones profesionales cualquier irregularidad o abuso detectado que ponga en peligro el buen nombre de las TN.

La infracción por parte de un afiliado/a del Partido o de una organización colaboradora del mismo, de cualquiera de las normas contenidas en el presente Código Ético, se considerará una infracción disciplinaria a los efectos de la imposición de las sanciones correspondientes por los órganos competentes del Partido, conforme al procedimiento establecido en sus estatutos y reglamentos.