En España, las organizaciones que poseen una mayor representatividad en el ámbito de las terapias naturales (TN) defienden su «regulación», pero ¿con qué objetivos declarados? La Fundación Terapias Naturales (FTN) promovió en 2021 una Iniciativa Legislativa Popular (ILP) para que fueran reguladas con el objetivo de garantizar su «calidad, seguridad y eficacia» (https://leymtci.org/). La Asociación de los Profesionales y Autónomos de las Terapias Naturales (COFENAT) tiene por eslogan «lo natural es estar regulado», considerando que ello dignificaría y prestigiaría el ejercicio de las TN. Ahora, Iustitia Europa se acaba de constituir como partido político para concurrir a las próximas elecciones europeas. Recientemente firmó un convenio con COFENAT por el que se comprometía «a redactar un programa marco para la defensa de las Terapias Naturales, así como la promoción y el marco legal de estas terapias en el ámbito europeo.», si bien aún no ha sido publicado.
A día de hoy, la única propuesta que nos permite entender un poco de qué estamos hablando cuando hablamos de «regulación», es la ILP antes mencionada. En su día, el Partido de las Terapias Naturales (PTN) analizó a fondo esta propuesta y publicó sus conclusiones en el «Informe sobre la Campaña para la regulación de las Medicinas Tradicionales, Complementarias e Integrativas (MTCI)» ( https://p-tn.es/wp-content/uploads/2022/05/20220503-Informe sobre-la-ILP_RESUMEN_WEB.pdf). Por un lado, el PTN concluía que el modelo de regulación propuesto en la ILP suponía «un puente de plata para el acceso de profesionales biomédicos al ámbito de las TN, sin que estos conocieran ni compartieran los fundamentos en los que se basan estas TN.» Por otro lado, el PTN venía a concluir que dicha regulación acabaría con las TN, y esto es algo que hay que explicar con un poco más de detalle. Para la práctica de las TN la ILP proponía crear nuevas «profesiones reguladas» dentro del ámbito de las «profesiones sanitarias», a través de la obtención de un título universitario de grado, o la obtención de un posgrado para quienes practicasen las TN siendo ya profesionales sanitarios. Pero sucede que las TN se rigen por unos principios holísticos que poseen unos fundamentos que no son necesariamente ni objetivos ni universales, y que son distintos a los de la ciencia convencional y a los de la biomedicina. Por ello, como señalaba el informe del PTN, «tal como está concebido el sistema de formación superior en España, no tienen cabida titulaciones que contradigan las ideas, creencias y valores representados por la medicina convencional o biomedicina, que se dice basada en la ciencia.»
Las TN parten de unas premisas incompatibles con los fundamentos epistemológicos naturalistas en los que se basa la construcción del conocimiento en Occidente, que son en los que se basa la biomedicina. La lógica del sistema implica que, si una TN pudiera llegar a ser integrada, por ejemplo, en el Sistema Nacional de Salud, antes debería haber sido despojada de su esencia holística y reducida a unos principios biomédicos, para luego ser practicada exclusivamente por personal sanitario. En este sentido, la «regulación» de las TN implica al mismo tiempo su desaparición. Esta es, a mi modo de ver, la gran trampa de la «regulación», tal como se está planteando desde algunos sectores de las TN.
El Estado ha desarrollado un entramado legislativo sobre sanidad que no deja resquicio para regular unas Terapias Naturales que poseen «diversas maneras de entender la persona, el diagnóstico, la enfermedad y el tratamiento», y cuyos criterios «parten de una base filosófica diferente a la que soporta la medicina convencional o alopática y aplican procesos de diagnóstico y terapéuticos propios», como tan bien se decía en la justificación del Decreto de 2007 de la Generalitat de Catalunya para la regulación de determinadas terapias naturales, promovido por la Consejera de Salud Marina Geli.
Dos años después, en 2009, el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), declaraba la nulidad de la totalidad del Decreto de la Generalitat. Las TN, decía la sentencia, en la medida en que tienen incidencia en la salud de las personas, son una actividad sanitaria; y que la legislación estatal establece un concepto «indiferenciado» de sanidad, viniendo a decir, según entiendo, que los fundamentos en los que se basa la eficacia de las TN es algo indiferente. Es decir, algo así como que hay una sola salud y una sola medicina. La sentencia concluye que «las actividades sanitarias sólo puedan ser ejercitadas por los profesionales sanitarios y en los establecimientos sanitarios reconocidos, de manera que es disconforme con el Ordenamiento jurídico el Decret que quiere reconocer el ejercicio de actividades materialmente sanitarias a profesionales no sanitarios, en establecimientos no sanitarios.»
¿Hay alguna alternativa para regular las TN? El problema de base al que se enfrenta la «regulación» de las TN, tal como lo entiendo, es que toda actividad relacionada con la salud, de manera indiferenciada, es competencia de la autoridad médica. Del ejercicio del derecho de libertad religiosa reconocido en la Constitución de 1978, emergió un pluralismo religioso. Aún no hemos alcanzado la libertad necesaria para alcanzar un pluralismo médico. Y menciono la libertad religiosa porque el uso de las TN tiene relación con la religión y la espiritualidad.
Tal como observo repetidamente en mi trabajo de campo como antropólogo estudiando medicinas tradicionales, la salud y la sanación, y la espiritualidad, son dos caras de una misma moneda. Si los poderes públicos no son competentes para definir lo que sea religioso o espiritual, sino solo garantizar el derecho fundamental de las personas a la libertad de conciencia, tampoco son competentes para regular prácticas basadas en nociones como las de «energía» que, debidamente gestionadas, se les atribuye una eficacia que tiene propiedades terapéuticas. La eficacia terapéutica de las TN, basada en la noción holística acerca de la interdependencia de los planos físicos, emocionales, mentales y espirituales, cae dentro del ámbito de las convicciones personales.
Por tanto, entiendo que la regulación del mundo de las TN se debería inspirar en los fundamentos jurídicos y el esquema regulatorio aplicados al fenómeno religioso. En este sentido, el Estado se limita a establecer un marco regulatorio general del derecho a la Libertad Religiosa (https://www.boe.es/buscar/pdf/1980/BOE-A-1980-15955-consolidado.pdf), a partir del cual se otorga a las entidades religiosas autonomía para que se autorregulen. De manera análoga, la regulación de las TN podría darse a partir del reconocimiento del derecho fundamental a la libertad de convicción, con limitaciones análogas a las aplicadas a la libertad religiosa, a partir de lo cual se otorgaría autonomía a las distintas TN para que autorregularan sus prácticas.
Considero que la mejor defensa de las TN en España pasa, en primer lugar, por establecer un marco general que establezca unos principios de buenas prácticas, que garantice su seguridad así como la protección de las personas vulnerables. Es por ello que el PTN cuenta, desde su creación, con un Código Ético propio (https://p-tn.es/codigo-etico-del-ptn) en este sentido. Y en segundo lugar, una vez establecido este marco general de referencia, se incentive que las muy diversas TN que existen, ya sean las medicinas tradicionales reconocidas por la OMS u otras no reconocidas como tales, como la medicina tradicional practicada en la cuenca amazónica a base de sustancias psicoactivas y no psicoactivas desde una perspectiva chamánica, o las terapias más recientes asociadas al mundo de las energías, como el Reiki, o prácticas como la astrología o el tarot, establezcan sus propios marcos autorregulatorios de buenas prácticas a partir del conocimiento que solo las propias TN tienen de sí mismas.
El PTN está dispuesto a hacer esta labor de acompañamiento en los procesos de autorregulación que puedan darse, a partir del respeto mutuo entre todas las TN entre sí, y de las TN hacia la biomedicina, y viceversa. El PTN defiende la regulación de las TN, pero no a costa de perder su esencia reduciéndolas a prácticas biomédicas; ni a costa de ser ejercidas exclusivamente por personal sanitario que carecen de la formación adecuada para practicarlas con conocimiento y competencia. Como señalamos en nuestros Estatutos (https://p-tn.es/manifiesto), «el sufrimiento del ser humano excede el ámbito de la enfermedad física, y su total bienestar solo se puede logra desde una perspectiva holística, es decir, teniendo en cuenta lo mental y psicológico, lo emocional y también lo espiritual». Sin Terapias Naturales no hay futuro.
¿Qué significa «regular» las Terapias Naturales?
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